Preguntas Frecuentes

Convocatorias de Fondos para Innovación y Emprendimiento

Antes de aplicar

¿En qué tipo de Convocatoria debo participar?

R/. La Dirección de Innovación Empresarial apoya el ciclo del emprendimiento, desde Capital Semilla hasta la fase de Escalamiento. Apoyamos con Convocatorias dirigidas a sectores específicos como las Convocatorias de Innovación Social, y apoyamos a empresas establecidas para que desarrollen proyectos innovadores en la Convocatoria de Fomento a la Innovación Empresarial. Depende en qué fase se encuentra su emprendimiento o qué temática tiene, para ver en qué Convocatoria puede aplicar.

¿Cuáles son los requisitos para aplicar a una Convocatoria?

R/. Los requisitos pueden variar dependiendo de las Convocatorias, por eso debes revisar todos los documentos relacionados con la misma. Es importante destacar que el cumplimiento a los requisitos es de carácter obligatorio, porque no se permiten subsanaciones una vez cierra la Convocatoria. 

¿Qué pasa con la propiedad intelectual de mi proyecto?

R/. La propiedad intelectual generada como resultado del Contrato por Mérito será propiedad del beneficiario o de quienes legalmente tengan derecho a la misma, según corresponda al esquema planteado en la propuesta.  Sin embargo, el beneficiario, a solicitud de la SENACYT, podrá otorgarle una licencia gratuita, no exclusiva e irrevocable de uso para capacitación, con fines académicos y en general, cualquier uso sin fines de lucro.

¿Quiénes evalúan las propuestas? 

R/. Las propuestas son evaluadas por un Comité Externo de Evaluación por Pares integrado por expertos independientes a la SENACYT. Son especialistas en las categorías y/o áreas temáticas de la Convocatoria, y se evitan posibles conflictos de interés con los proponentes. Cada programa indica la descripción del perfil del evaluador. Los evaluadores pueden ser nacionales o internacionales, radicados o no en el territorio nacional. Y deben cumplir con los siguientes principios: calidad, transparencia, igualdad de trato, imparcialidad, confidencialidad. Para conocer más, puede revisar los documentos de la Convocatoria y la Resolución Administrativa. 

¿Qué es el Anuncio de la Convocatoria? 

R/. Es el documento que describe sobre los datos generales de la Convocatoria: a quién está dirigida, cuáles son las áreas temáticas o categorías, el monto máximo a subsidiar previsto de adjudicación por propuesta, y los plazos (día y hora de cierre) para la recepción de propuestas. 

¿Qué es las Bases de la Convocatoria? 

R/. Es el documento que detalla el plazo máximo de duración del proyecto, junto con más detalles todos los requisitos y lineamientos de la Convocatoria. 

¿Qué es el Formulario de Aplicación? 

R/. Es el formulario que usted debe completar con toda la información de su proyecto. Es el documento principal para remitir a la SENACYT, antes del plazo de cierre de la Convocatoria. 

¿Qué es el Formulario de Evaluación? 

R/. Es el formulario de referencia para usted, para que pueda analizar los aspectos que le serán evaluados a su formulario de propuesta. Este documento es utilizado solamente por los evaluadores de la Convocatoria.

¿Qué es el Reglamento? 

R/. Es el marco legal que describe el proceso de las Convocatorias, qué tipo de rubros de gastos son permitidos por la SENACYT, cómo son evaluadas las propuestas, entre otros temas importantes.
 

¿Qué es el Paz y Salvo de la SENACYT y cómo se obtiene? 

R/. Es el formulario que le permite analizar a la SENACYT si el proponente tiene algún compromiso previo con esta institución. Solamente debe completar con sus datos, firmarlo, escanearlo y enviarlo al correo electrónico de la Convocatoria, junto con los demás formulario y documentos de su propuesta y antes de la fecha de cierre. 

¿Por qué hay 2 tipos de Paz y Salvo: Persona Natural y Persona Jurídica? 

R/. Porque depende de quién está aplicando a la Convocatoria, si es persona natural o persona jurídica, cada uno tiene un formulario diferente a completar. 

¿Qué es el Modelo Contrato por Mérito? 

R/. Es el documento de referencia del contrato que estaría firmando en caso de que el proyecto sea beneficiado. 

¿Qué significan las Resoluciones que van apareciendo posteriormente?

R/. Las comunicaciones relacionadas con las Convocatorias se realizan a través de Resoluciones o Comunicados en forma de documentos adjuntos que pueden descargar, de la misma manera que los formularios de la Convocatoria. Dependiendo de la Convocatoria, se pueden publicar: 
-Resolución de Extensión del Plazo de Publicación de Resultados. 
-Resolución de Adjudicación.
-Listado de propuestas recibidas 
-Listado de propuestas No Admitidas 
-Resolución de Cancelación de la Convocatoria.

Estructura de la propuesta:

¿Puedo tener en mi equipo de trabajo para el proyecto una persona extranjera?

R/. Si la persona extranjera forma parte del equipo de trabajo que estará recibiendo fondos de la SENACYT, debe estar legalmente en Panamá y debe contar con permiso de trabajo. 

Puedo enviar mi propuesta después del tiempo que aparece en el Anuncio? 

R/. No se aceptan propuestas luego de finalizado el tiempo de cierre de la propuesta. De hecho, si la propuesta se recibe en el servidor de la SENACYT un minuto después de la hora que aparece en el Anuncio, la propuesta no es aceptada. 

¿Qué tipo de gastos puedo colocar en mi presupuesto para el subsidio de la SENACYT? 

R/. Para saber los rubros de gastos permitidos por la SENACYT, debe revisar el Artículo 49 de la Resolución 191 de 31 de julio de 2019, para las Convocatorias que se rigen para esta Resolución. 

¿Si mi empresa tiene más o menos del tiempo que dice la Convocatoria, puedo aplicar? 

R/. En el Anuncio aparece el tiempo mínimo o máximo (según sea el caso) que debe tener la empresa para aplicar a la Convocatoria.